En qué consiste un Juicio Rápido por Alcoholemia
El procedimiento para el enjuiciamiento rápido del delito de alcoholemia
La Ley de Enjuiciamiento Criminal regular, en sus artículos 795 y siguientes, el procedimiento denominado Juicio Rápido.
Este tipo de procedimiento está diseñado para instruir y enjuiciar con mayor celeridad determinados delitos, como, por ejemplo, el delito de alcoholemia.
La principal ventaja del Juicio Rápido es que permite una resolución expedita del caso, evitando largas dilaciones del procedimiento. Además, se caracteriza por una instrucción sencilla, a desarrollar generalmente en un único día ante el Juzgado de Guardia que por turno corresponda.
Fases de un Juicio Rápido de Alcoholemia
El Juicio Rápido se desarrolla en diversas etapas, que van desde la detención o citación de la persona investigada por un delito de alcoholemia, hasta el dictado de una sentencia que ponga fin al procedimiento.
A continuación, desarrollamos las principales fases:
a) Detención o citación de la persona investigada
El procedimiento de Juicio Rápido por alcoholemia suele iniciarse cuando un conductor es sorprendido en un control de alcoholemia y supera el límite permitido de alcohol en sangre o en aire espirado.
Tras la detección de la alcoholemia por parte de las autoridades competentes, éstas pueden optar entre detener al infractor, o bien citarle para que comparezca ante el Juzgado de Guardia.
b) Instrucción del Juicio Rápido por Alcoholemia y calificación del Ministerio Fiscal
Una vez en el Juzgado, el Juez de Guardia tomará declaración a la persona investigada y valorará el atestado y los indicios probatorios remitidos por la policía. Al tratarse de un procedimiento simplificado, el juez cerrará la fase de instrucción cuando considere que los indicios son suficientes. Y, posteriormente, el Ministerio Fiscal emitirá su escrito de calificación, con una propuesta de pena.
El procedimiento de Juicio Rápido permite a la persona investigada conformarse con la penal propuesta del Ministerio Fiscal, supuesto en el que se aplicará una rebaja en un tercio de la pena.
En este caso, el procedimiento concluye en esta misma fase con el dictado de una sentencia de conformidad.
c) Vista oral del Juicio Rápido por Alcoholemia
Si la persona que está siendo acusada por un delito de alcoholemia no acepta los términos propuestos por el Ministerio Fiscal, se citará a las partes para la celebración de una vista oral.
En la vista oral del Juicio Rápido, la persona acusada podrá aportar aquellas pruebas que considere convenientes para su defensa, ya sean testificales, documentales o periciales.
A su vez, podrá impugnar la prueba documental y pericial propuesta por la acusación, como la prueba del etilómetro, cuando existan razones para entender que no se practicó debidamente.
d) La sentencia por el delito de alcoholemia
Concluida la vista oral, el Juzgado emitirá la sentencia correspondiente. Si persona condenada no estuviera conforme con la sentencia dictada, podrá interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial correspondiente.